Asegura una búsqueda rápida y confiable de alternativas, contactando a nuestros proveedores sugeridos AQUÍ. Facilitarán su participación en EXPONOR en las siguientes áreas:
• Agencia de Comunicaciones y Marketing |
• Arriendo de audiovisuales y tecnológicos |
• Arriendo de carpas |
• Arriendo de grúas horquillas y grúas telescópicas |
• Aseo de stand |
• Cafeterías |
• Catering |
• Corredoras de propiedades (para arrendar casa o departamento durante EXPONOR) |
• Embarcador |
• Hoteles |
• Imprenta |
• Producción de stand y arriendo de mobiliario e impresión gráfica |
• Promotores técnicos (para atención en stand) |
• Rent a car |
• Restaurante en la exhibición |
• Servicios de internet |
• Suministro de agua |
• Traducción e intérpretes |
• Transporte de personal - Radio taxi |
ADUANA E IMPORTACIÓN
Para efectos de internación de mercaderías provenientes del extranjero, debe considerar que los bienes de capital, equipos, insumos, elementos de modulación y decoración, provenientes del extranjero, pueden acogerse a régimen de admisión temporal de hasta 180 días después de la fecha de término de EXPONOR.
Para acogerse a este régimen, el expositor debe solicitar el Certificado de Expositor a reservas@exponor.cl, que acredita su participación en EXPONOR. Otros elementos para los que no resulte aplicable la admisión temporal, deberán importarse pagando los aranceles (8%) y el impuesto al valor agregado, IVA (19%).
Al ingresar las mercaderías en admisión temporal al recinto ferial, el expositor deberá declararla como tal mediante la correspondiente guía de despacho y toda la documentación de internación. Al retirarla del recinto, deberá presentar una autorización del Servicio de Aduanas, por cambio de domicilio de la mercadería, junto con la correspondiente guía de despacho y la documentación de internación.
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DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS:
El expositor debe velar por un adecuado trato hacia toda persona, con dignidad, respeto y equidad. Serán inaceptables conductas que vayan en contra de lo estipulado en los tratados internacionales que Chile ha ratificado, en materia de derechos humanos, tales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, las normativas que rigen en nuestro país en esa línea y la no discriminación por raza, etnia, nacionalidad, sexo, orientación sexual, edad, apariencia personal, discapacidad, entre otras, con la finalidad de evitar todo acto de hostigamiento y acoso sexual.
En virtud al punto anterior, el expositor dispondrá una adecuada presentación de su personal, teniendo en consideración, además, que esta es una exhibición profesional, técnica y especializada en el negocio minero-energético e industrial, de carácter nacional e internacional.
El expositor otorgará las facilidades necesarias para que su exhibición pueda ser filmada, fotografiada y/o proyectada, con los fines publicitarios que disponga el Comité Organizador, durante y después de este evento.
El expositor solo podrá realizar publicidad inherente a los productos y/o servicios al interior de su stand, quedando esta supeditada a lo establecido en el Reglamento Oficial de EXPONOR 2024 y la supervisión del Comité Organizador. En caso de incumplimiento, el Comité Organizador podrá disponer alguna amonestación u otra sanción para el infractor.
DESCARGUE EL REGLAMENTO OFICIAL DE EXPONOR 2024, AQUÍ.
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